Autoliquidación Tasas Seguridad Ciudadana Ocupación y Carga y Descarga
Autoliquidación Tasas Seguridad Ciudadana. Permite autoliquidar la ocupación de dominio público con contenedores, sacos y casetas, así como la carga y descarga.Ubicación
Carpeta tributaria del Ayuntamiento de Leganés.
Descripción ampliada
Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa, desarrollada con motivo de la expedición a instancia de parte, de certificaciones y documentos de que entienda la Administración o las autoridades municipales.
Destinatario
Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas y jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación del documento o expediente de que se trate.
Requisitos
Las tarifas aplicables vendrán determinadas por el resultado de multiplicar las unidades de módulo asignados a cada servicio o actividad que constituye el hecho imponible por el importe en euros asignado a la unidad de módulo.
Documentación
Documento de solicitud (existe uno genérico para ello)
Plazos
El devengo de la tasa se produce cuando se solicite la actuación administrativa que constituye objeto de la presente tasa.
La tasa deberá ser abonada previamente al inicio de la actividad en cuestión.
La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. A tal efecto el interesado adjuntará junto con la solicitud la autoliquidación de la tasa, que podrá ser objeto de comprobación por la Administración.
La tasa deberá ser abonada previamente al inicio de la actividad en cuestión.
La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación. A tal efecto el interesado adjuntará junto con la solicitud la autoliquidación de la tasa, que podrá ser objeto de comprobación por la Administración.
Legislación
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL
ORDENANZAS FISCALES
- Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DE DOMINIO PÚBLICO LOCAL
ORDENANZAS FISCALES
- Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Trámites relacionados
Tipo de tramitación
En línea - No requiere autenticación